LA SUBIDA DEL IPREM PERMITIRÁ INCREMENTAR EL UMBRAL PARA ACCEDER A LA CATEGORÍA ESPECIAL DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA

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07/01/2021. El año 2021 se inicia con una subida del IPREM, indicador que permite acceder a determinadas ayudas y subsidios. A las familias numerosas este cambio nos afecta también a la hora de acceder a la categoría especial del título oficial de familia numerosa, en caso de familias con 4 hijos/as.

IPREM como indicador para acceder a la categoría especial

El IPREM sustituyó al SMI como indicador para acceder a la categoría especial en 2004 con la aprobación del Real Decreto Ley 3/2004 (art.2.1 y 2.3). Mientras que el SMI quedó vinculado sólo a efectos exclusivamente laborales, el IPREM se emplea como indicador para acceder a ayudas y subsidios no relacionados con el trabajo. Este indicador estuvo congelado de 2011 a 2016, subió un 1% en 2017, se volvió a congelar en 2018 y así se ha mantenido en 2019 y 2020 ante la ausencia de presupuestos, con lo que desde 2017 el IPREM estaba fijado 537,84 euros mensuales.

Para conceder las ayudas, normalmente se multiplica el valor actual del IPREM por una cifra y se compara con los ingresos brutos.

Las cuantías del IPREM en 2021:

El BOE Nº341 de 31/12/2020 recoge la actualización del IPREM y las nuevas cuantías que regirán durante el 2021:

  1. A) El IPREM diario 18,83 €
  2. B) El IPREM mensual 564,90 €
  3. C) El IPREM anual 6.778,80 €
  4. D) En los supuestos en que la referencia al SMI ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación a lo establecido en el Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 7.908,60 euros cuando las correspondientes normas se refieran al SMI en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias, en este caso, la cuantía será de 6.778,80 euros.

Dar el título de familia numerosa especial con 4 hijos 

En el caso de familias numerosas que acceden a la categoría especial con 4 hijos, la cantidad de referencia es 7.908,60 € anuales.

Para el cálculo se tendrá en cuenta la suma de los ingresos anuales dividido por el número de miembros de la unidad familiar. Esa cantidad no deben superar en cómputo anual el 75 por ciento del IPREM anual (es decir, la cantidad de 5.931,45 €).

También para mantener el título de familia numerosa cuando un hijo con discapacidad igual o superior al 33% tenga una pensión, ésta no debe superar los 7.908.60 € anuales.

Fuente: AGAFAN

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