Abierto el plazo de convocatoria de becas y ayudas dirigidas a alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2021-2022 del Ministerio de Educación y Formación profesional.
Tipo de ayudas:
a) Ayudas directas para los alumnos incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales.
También podrán ser beneficiarios de ayudas directas el alumnado con TEA (Trastorno del espectro autista) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas.
b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta o trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales para familias numerosas.
También podrán ser beneficiarios de subsidios los alumnos con TEA (Trastorno del espectro autista), pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior
c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
Beneficiarios
A – Los alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, trastorno grave de conducta, o trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales podrán obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a) y b) del artículo 1, para lo que deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2020. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la
- Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de
- Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
- Educación infantil
- Educación primaria
- Educación Secundaria obligatoria
- Ciclos formativos de grado medio y superior
- Enseñanzas artísticas profesionales
- Ciclos Formativos de Grado Básico
- Programas de formación para la transición a la vida adulta
- Otros programas formativos de formación profesional a los que se refiere la disposición adicional cuarta del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero
4. Acreditar la necesidad específica de apoyo educativo mediante:
- Certificado de discapacidad de, al menos, el 33 por ciento en el caso de alumnos con discapacidad.
- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma o certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente, en el caso de alumnos con trastorno grave de conducta o trastorno grave la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales.
5.Además, para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente a fecha 31 de diciembre de 2020.
B – Los alumnos con TEA (Trastorno del espectro autista) no incluidos en la letra A) anterior podrán obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a) y b) del artículo1 de esta convocatoria, para lo que deberán reunir los requisitos exigidos en los apartados 1, 2 y 3 anteriores, aportar certificado médico expedido por los servicios de salud sostenidos con fondos públicos y acreditar la necesidad específica de apoyo educativo mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.
C – Alumnos de altas capacidades
Los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales podrán obtener la ayuda a que se refiere el apartado c) del artículo 1 cuando reúnan los siguientes requisitos:
- Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
- Tener cumplidos seis años de edad a 31 de diciembre de 2021
- Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
-
- Educación primaria
- Educación Secundaria obligatoria
- Ciclos formativos de grado medio y superior
- Enseñanzas artísticas profesionales
Presentación
Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas.html o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección:https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=1554
Plazo de presentación:
03/08/2021 al 30/09/2021 (ambos inclusive).
Más información
BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2021/08/02/pdfs/BOE-B-2021-34666.pdf
MINISTERIO EDUCACIÓN: https://www.educacionyfp.gob.es/ca/servicios-al-ciudadano/catalogo/estudiantes/becas-ayudas/para-estudiar/bachillerato/necesidad-especifica-apoyo-educativo.html
https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/ayudas-apoyo-educativo/tipos-de-becas.html
Fuente: MEC